Subida del SMI y efectos sobre el IRPF
Aclare las dudas que puedan plantearle sus empleados.

Muchos empleados que cobran el SMI están preguntando al Departamento de Recursos Humanos de su empresa si a partir de ahora deberán pagar IRPF. Pues bien, infórmeles de que en muchos casos seguirán estando exentos de retención y de que, si finalmente deben soportarla, en general ello tampoco les obligará a presentar IRPF.
Si en 2025 el salario bruto pasa a ser de 16.576 euros (el SMI), puede que algunos empleados pasen a soportar retención. Pero ello dependerá de su situación personal (la que habrán declarado a la empresa mediante el modelo 145). Así:
- Si el empleado es progenitor de una familia monoparental con derecho a reducción en IRPF por declarar junto con los hijos, o bien si está casado y su cónyuge no obtiene rentas superiores a 1.500 euros (situación 2), seguirá estando exento de retención.
- En el resto de los casos, si el trabajador tiene dos o más hijos que le dan derecho al mínimo por descendientes, tampoco se le deberá retener nada.
- No obstante, si el empleado no tiene hijos o sólo tiene uno, la empresa sí quedará obligada a retener (salvo que concurran otras circunstancias que hagan que no haya retención; por ejemplo, una discapacidad). En todo caso, la retención máxima será reducida: alrededor de 300 euros anuales si el trabajador no tiene hijos, y de 99 euros anuales si tiene uno.
Por otro lado, informe a su plantilla que soportar retención no implica que tengan que presentar declaración de IRPF. En general, si sus retribuciones anuales son inferiores a 22.000 euros, no estarán obligados a hacerlo (salvo que perciban rentas del trabajo de otros pagadores que, en conjunto, superen los 1.500 euros).